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  • Consulta : 238636
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 362844

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con el debido respeto, tanto Pasante como Sentido Juridico externan su opinión sin contar con los elementos necesarios para hacerlo.

    Es insuficiente que usted solamente señale que su contrato de trabajo termina el 31 de agosto para poder decir que le corresponde una liquidación o un finiquito.

    Para poder orientarlo correctamente, es necesario que sea más explícito en la causa o motivo por el cual, usted y el patrón, firmaron un contrato por tiempo determinado, dado que no todos los contratos sujetos a una temporalidad, están permitidos por la Ley Federal del Trabajo.

    Consecuentemente, para poder darle una correcta orientacióin, es necesario que informe:

    a. Fecha de inicio y terminación del contrato.

    b. La causa o motivo por la cual se celebró el contrato por tiempo determinado.