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Fecha de respuesta: Domingo 10 de Agosto de 2014 22:23 2014-08-10 22:23 desde IP: 187.185.169.110
El trámite que debes de realizar es un Registro de reconocimiento de hijo, te dejo el link para que lo revises, tal ves te sea de ayuda.
//tramitesyservicios.df.gob/wb/TyS/levantamiento_de_acta_de_reconocimiento_de_hijo
Tu hijo tendría todos los derechos derivados de la paternidad, incluyendo seguro y demás.
En cuanto a la pérdida de la patria potestad, tendrías que hacerlo después de que se realize el trámite mencionado, aunque tendría que ser por medio de un juicio, consulta a tu abogado de confianza.
Saludos.
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