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  • Consulta : 238462
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 362686

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Antes de intentar una accion legal debe revisar la sentencia, que le dictaron, en el 2009, pues una cosa es libertad absoluta lisa  y otra muy distinta libertad por insuficiencia de pruebas, es decir se tuvo el delito pero los medios de prueba no alcanzaron para dictar una sentencia condenatoria, si esta en la primera hipotesis hagalo en breve, busque un abogado civilista, aqui en el foro hay muy buenos, si esta en otra hipotesis sera un poco mas complejo, pero tambien podra solicitar la reparacion de daño moral, cheke las oficinias de la Abogada, Rosa iSela, Abomau, Eliz80, entre muchos que de momento no recuerdo, y pida su punto de vista... suerte.

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775.... Asesoria en linea por what saap.