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  • Consulta : 237870
  • Autor : Luis_R.
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  • Luis_R.
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola, buen dia, en atencion a su consulta le recomiendo que busque los servicios profesionales de un abogado especialista en derecho familiar y si no tiene recursos economicos puede acudir al dif, procuraduria social de su localidad o ellos le informan a donde acudir. No obstante lo anterior bajo ciertas circunstancias si puede demandar judicialmente ante un juzgado familiar un aumento si ya se le condeno por sentencia judicial es decir si el convenio de que refiere se llevo ante la presencia del personal de juzgado o del juez. Pues si el acuerdo es de palabra o por escrito del dif no le sirve tiene que ser judicial asi si deja de darle pension posteriormente se lo puede cobrar ojo solo si tiene conque pagarle es de señalar. que en materia de alimento o pension se rige por principios a saber de proporcionalidad del padre de lo que gane y de la necesidades de los menores hijos que el haya procreado, asi si usted considera que lo que le da es acorde a lo que el gana o sus posibilidades, pues esta bien pero como se lo señale al principio vea eso para que de no ser asi se haga un convenio judicial como una demanda por ambos para que quede asentado su acuerdo para el caso de que el ya no le quiera dar dinero le pueda demanda las. pensiones caidas o sea aquellas que no le pago. y. que por lo tanto le debe de otra forma sin el. convenio judicial con categoria de.sentencia no le podra exigir lo que no le dio. Saludos cordiales, espero haberla ayudado.