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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Agosto de 2014 17:12 2014-08-01 17:12 desde IP: 189.155.247.0
Por el pagare firmado debe liquidar la cuenta y asi poder rescatarlo...debe tener comprobantes (recibos) de lo que usted ha pagado...independientemente de lo anterior, si deja de pagar procederan a Demandarlo en la via Mercantil y aparte corre el riesgo de que le cobren (en el mismo Juicio) los gastos del Juicio y honorarios de los Abogados de la empresa, mas a parte paga usted a su Abogado, por tanto, le sale mas caro...no aplicaria en este caso dicho articulo, puesto que usted tiene firmado el pagare sin que se hubiere realizado un contrato que especifique el adeudo por "error" de empleado..
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