Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 237481
  • Autor : marcomcmlx
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1907
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5560
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 361719

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lo que te indican de trabajar un año es correcto, no solo para poder inscribirte en la modalidad 40, también par recuperar conservación de derechos.

    La diferencia entre hacer aportaciones voluntarias y la inscripción en la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio (Modalidad 40) son;

    Las primeras es dnero que tu metes a tu cuenta de afore, como si estuvieras ahorrando en una cuenta en el banco, pero con los rendimientos del afore y un régimen especial deducible. Y lo que ahorras y sus rendimientos se van acumulando en una subcuenta indicada en tu estado de cuenta. Estas aportaciones NO te suman semanas cotizadas, y sirven sobre todo para incrementar el saldo de tu cuenta que servirá para financiar tu pensión. Estas aportaciones las puedes retirar antes de tu pensión si así lo deseas.

    La Modalidad 40, es el pago que de manera voluntaria haces al IMSS para contratar tu seguro de Retiro, CV, Invalidez y Vida. Aquí SI te va sumando semanas cotizadas, solo una parte de lo que pagas se irá a tu cuenta individual el resto va al IMSS.

    Las 1250 semanas sí son necesarias para pensionarte si el régimen al que perteneces es 97.

    Para una mejor asesoría es primordial saber a qué régimen perteneces, 73 o 97.

    ¿Cuándo cotizaste por primera vez?

    ¿Cuántas semanas cotizadas tienes?

    ¿Has tramitado retiro por desempleo?