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AutorRespuesta No: 361808
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Julio de 2014 14:34 2014-07-30 14:34 desde IP: 189.217.23.169
Buenas tardes, la mama de la menor o menor no se encuentra obligada por la ley para destinar alguna cantidad de su pension para la educacion salvo que ustedes asi lo hayan acordado y hubiese quedado asentado en el convenio que se presento en el juzgado, si usted no esta de acuerdo en como distribuye la pension y tiene duda que se aplique correctamente puede ante el juez de lo familiar en via incidental tramitar una rendicion de cuentas y la mama esta obligada a rendir dichas cuentas sobre la pension que recibe para su menor hija o hijo. Cualquier duda o aclaracion quedo a sus ordenes en el distrito federal telef. con lada 0155 47569842 0155 36198407 Monica Delgado
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