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  • Consulta : 237415
  • Autor : DELGADO Y ASOCIADOS
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  • Autor
    Respuesta No: 361808

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, la mama de la menor o menor no se encuentra obligada por la ley para destinar alguna cantidad de su pension para la educacion salvo que ustedes asi lo hayan acordado y hubiese quedado asentado en el convenio que se presento en el juzgado, si usted no esta de acuerdo en como distribuye la pension y tiene duda que se aplique correctamente puede ante el juez de lo familiar en via incidental tramitar una rendicion de cuentas y la mama esta obligada a rendir dichas cuentas sobre la pension que recibe para su menor hija o hijo. Cualquier duda o aclaracion quedo a sus ordenes en el distrito federal telef. con lada 0155 47569842 0155 36198407 Monica Delgado