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AutorRespuesta No: 361670
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Fecha de respuesta: Martes 29 de Julio de 2014 18:53 2014-07-29 18:53 desde IP: 189.211.135.22
Lo que usted pretende, respecto a que de la pensión alimenticia que otorga a su hija, la madre destine un porcentaje para que lo deposite en una cuenta bancaria mancomunada en la que usted también firme para disponer del dinero depositado, es ilegal y la madre no está obligada a aceptarlo.
En primer lugar, el monto de la pensión que usted está cubriendo, es para que se destine a las necesidades presentes de comida, habitación, alimentación, salud, y esparcimiento de su hija, y en su momento, la educación necesria para que adquiera un oficio, arte o profesiín adecuados a su edad y ciscunstancias personales, no para las futuras, ya que éstas, en su momento, usted deberá de satisfacerlas con las pensiones que en ese tiempo deba proporcionar.
Si usted desea crear una provisión de fondos para garantizar el pago que tenga el costo de los estudios profesionales que pueda realizar su hija, puede hacerlo, a condición que sea mediante aportaciones distintas de la pensión alimenticia.
Asimismo, usted tampoco tiene facultades para exigier a la madre de lamenor que le demuestre a qué conceptos destina el monto de la pensión alimenticia que usted proporciona a su hija.
Además, su hija no puede demandar a la madre, y menos por los conceptos que usted pretende, ya que siendo la madre quien tiene la guarda y custodia de la menor, ella es quien legalmente funge como su representante legal en cualquier controversia en que se vean afectados los intereses de la niña.
y Piense que, la madre de su hija, efectivamente puede proceder en su contra, dado que la conducta que usted asume, puede llegar a ser constitituva del delito de violencia familiar, mismo que se sanciona con pena de prisión.
Mejor deje de pensar en qué forma perjudicar a la madre de su hija, porque lo único que hace es afectar al interés superior de la niña, con mayor raz´n, si usted hace pública cualquier fotografía que tenga de su esposa, en el supuesto acto sexual, ya que eso, igualmente constituye un ilícito que afecta a la privacidad de su cónyuge, además de que, al carecer de certificación de un fedatario público que haga constar que efectivamente el dió fe de esa relación sexual, dichas fotografías carecen de todo valor probatorio en juicio.
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