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  • Consulta : 237114
  • Autor : elizh80
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  • Autor
    Respuesta No: 361201

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pues si que esta medio "reborujado"......Por lo que menciona la casa no tiene escrituras, por tanto debe acudir con la inmobiliaria para que juntos acudan ante un Notario Publico y se proceda hacer "efectivo" el contrato de compra venta y la inmobiliaria libere las escrituras a nombre de su Papa, la Notaria debera hacer un avaluo y le dira los costos de escrituracion y honorarios.....luego, una vez que esten las escrituras, su Papa puede hacer su testamento y heredar a quien el desee...en lo que respecta al primer hijo de su concubina no tiene ningun derecho de Usted con respecto a la herencia, salvo dos cosas, que Usted lo haya reconocido y dado su apellido, o Usted desee heredarle....tambien, puede su Padre heredar a su hija como unica y universal, para ello, requiere asistencia y orientacion de un Notario Publico..