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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Julio de 2014 23:47 2014-07-25 23:47 desde IP: 189.155.247.0
Pues si que esta medio "reborujado"......Por lo que menciona la casa no tiene escrituras, por tanto debe acudir con la inmobiliaria para que juntos acudan ante un Notario Publico y se proceda hacer "efectivo" el contrato de compra venta y la inmobiliaria libere las escrituras a nombre de su Papa, la Notaria debera hacer un avaluo y le dira los costos de escrituracion y honorarios.....luego, una vez que esten las escrituras, su Papa puede hacer su testamento y heredar a quien el desee...en lo que respecta al primer hijo de su concubina no tiene ningun derecho de Usted con respecto a la herencia, salvo dos cosas, que Usted lo haya reconocido y dado su apellido, o Usted desee heredarle....tambien, puede su Padre heredar a su hija como unica y universal, para ello, requiere asistencia y orientacion de un Notario Publico..
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