- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 236908
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 360968
-
Fecha de respuesta: Jueves 24 de Julio de 2014 13:38 2014-07-24 13:38 desde IP: 189.211.135.22
Si usted fue demandado por el trabajador, debido a que en su escrito de demanda señaló que usted era su patrón, y al admitirse a trámite, lo notificaron y emplazaron a juicio, entonces debió asistirse de un abogado especialista en Derecho Laboral, a fin de que asociado con usted acudieran en la fecha y hora señaladas para la celebración de la audiencia inicial del juicio y procediera a contestar la demanda al encontrarse en la etapa de Demanda y Excepciones.
Si no lo hizo, entonces se le tuvo a usted por contestando la demanda en sentido afirmativo, es decir, por aceptando como ciertos todos los hechos que el actor señaló en su demanda, lo que trajo como consecuencia que al dictarse el laudo, lo condenaron a usted a pagar las prestaciones que se le reclamaron, y al no dar cumplimiento a dicha resolución, en ejecución de la misma, procedieron a señalar para embargo su propiedad, por lo que es inminente que la misma será rematada, a fin de que con su producto, se pague al trabajador lo que se le concedió en el laudo.
Todo lo demás que usted señala, que usted es pensionado sin ningún tipo de asistencia médica, y que el actor conoce el nombre de su nuera, su registro federal de contribuyenes, su lugar de residencia y todo lo demás, es irrelevante, ya que a quien se demandó fue a usted y a pesar de haber tenido la oportunidad de ser oído y vencidoen el juicio, no lo hizo, por lo que seguramente tendrá que pagar las consecuencias de su indolencia y descuido.
-
Autor





