Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 236859
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 360919

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, el patrón no puede descontara ninguno de los empleados el valor del producto robado, ya que si lo hace, cualquiera puede proceder a demandarlo por la devolución de esos descuentos indebidos.

    Lo que el patrón debe hacer, es acudir ante el agente del Ministerio Público a presentar su denuncia en contra de quien rese responsable de ese ilícito, a fin de que el Representante Social practique las diligencias que sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos y se determine quién fue el probable responsable del robo; ejercite en contra de éste el ejercicio de las acciones penal y de reparación del daño, pidiendo se gire la orden de aprehensi´n en su contra y una vez ejecutada, se le someta al proceso penal en el que se discutirá si se encuentran acreditados los elementos materiales del delito por el que se haya hecho la acusación y la plena responsabilidad penal del procesado, a quien, además de imponerle en la sentencia la pena de prisión que corresponda, se le condenará a pagar la reparacióin del daño que, en todo caso, el patrón podrá exigir en la forma que más le convenga, pero al delincuente, no a los trabajadores que no tuvieron ninguna responsabilidad en el robo.

    Consecuentemente, en cuanto el patrón haga un descuento del salario de cualquierr trabajador, acudan a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en donde les brindarán la asistencia y asesoría legal que requieran, y les asignarán a un defensor de oficio que se encargue de presentar la demanda y representarlos en el juicio.