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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Julio de 2014 11:31 2014-07-20 11:31 desde IP: 189.166.56.19
Tu pregunta está muh confusa, pero trataré de darte una respuesta:
1.-Si te quedaste sin trabajo, puedes obtener tu pensión de cesantía por parte del imss, cubriendo los siguientes requisitos:
a).-Tener 60 años de edad cuplidos.
b).-Contar cuando menos con 500 semanas cotizadas y reconocidas por ley 73 ó 1,250 semanas por ley 97
c).-Quedar privado de trabajo remunerado.
c).-haber sido dado de baja del régimen obligatorio del imss
d).-Estar en conservación de derechos.
2.-Si los beneficios económicos a los que te refieres son los saldos que mantienes en tu afore, te informo que solamente podrás retirarlos con una resolución positiva o negativa de pensión, y con un mínimo de 60 años cumplidos. Sar 92 te los regresan con negativa de pensión a los 65 años de edad.
3.-Cuando cubras los requisitos para obtener resolución de pensión positiva o negativa, inicias los trámites en la afore que lleva tu cuenta individual.
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