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Fecha de respuesta: Sábado 19 de Julio de 2014 13:26 2014-07-19 13:26 desde IP: 189.211.135.22
Ustedes , como se los hizo saber la autoridad, no pueden hacer nada, ya que solamente el propietario tiene acción para acudir ante las autoridades competentes, ya sean orden penal o civil, para obtener el desalojo de quienes lo despojaron del inmueble.
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