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  • Consulta : 236404
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 360399

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con independencia de que lo que le señala la forista elizh80 es acertado, en cuanto a que su hijo perderá todo un ciclo escolar para poder continuar sus estudios, debeusted tomar en cuenta que, desde un punto de vista legal, la acción que usted pretende es contraria al interés superior de su hijo, por lo que en un momento dado, el padre, si el menor fue reconocido por éste, podrá reclamarle a usted la guarda y custodia del niño e, inclusive, hasta demandarle la pérdida de la patria potestad.

    Lo anterior, porque en términos del artículo 441, fracción III, del Código Civil del Estado de Baja California, esa omisión intencional se traduce en un abandono de sus deberes legales como ascendiente, que evidentemente pone en riesgo el bienestar y desarrollo armónico de un menor de edad, independientemente que su conducta no caiga bajo la sanción de la Ley Penal.