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  • Consulta : 236350
  • Autor : elizh80
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  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El vendedor lo unico que podra pagar es el avaluo de la propiedad que el Notario hace, ademas, del impuesto correspondiente a la venta y eso el Notario lo determina de acuerdo a la cantidad de UDIS que resulten para dicho pago si es que excede de dichos UDIS.

    El comprador paga los derechos de escrituracion y gastos (honorarios) del Notario ya que elabora la nueva escritura, hace el traslado de dominio y la inscripcion.