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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Julio de 2014 13:00 2014-07-18 13:00 desde IP: 189.166.56.19
Por tus comentarios, el imss procederá como sigue:
1.-El médico especialista en entregará el documento de alta, y la vez te turnará a Medicina del Trabajo.
2.-Medicina del Trabajo determina si tu incapacidad de permenente y el porcentaje de la misma, a partir de la fecha en que el especialista te dio de alta, y te entrega un dictamen.
3.-Con el dictamen de referencia inicias los trámites de tu pensión, que puede ser total o parcial y provisional o definitiva.
En cuento a tu empleo, no deberás firmar ninguna renuncia o aceptar ningún tipo de convenio, hasta que obtengas tu pensión definitiva. En caso de problemas con tu patrón, acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, para que te brinden asesoría. El servicio es Gratuito., Es más, te conviene acudir desde ahora a la procuraduría para que te orienten en relación al trámite detu pensión.
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