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  • Consulta : 236265
  • Autor : CALIXTO
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  • CALIXTO
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    (Resumen de Actividades)

    Por tus comentarios, el imss procederá como sigue:

    1.-El médico especialista en entregará el documento de alta, y  la vez te turnará a Medicina del Trabajo.

    2.-Medicina del Trabajo determina si tu incapacidad de permenente y el porcentaje de la misma, a partir de la fecha en que el especialista te dio de alta, y te entrega un dictamen.

    3.-Con el dictamen de referencia inicias los trámites de tu pensión, que puede ser total o parcial y  provisional o definitiva.

    En cuento a tu empleo, no deberás firmar ninguna renuncia o aceptar  ningún tipo de convenio, hasta que obtengas tu pensión definitiva.  En caso de problemas con tu patrón, acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, para que te brinden asesoría. El servicio es Gratuito., Es más, te conviene acudir desde ahora a la procuraduría para que te orienten en relación al trámite detu pensión.