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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Julio de 2014 15:18 2014-07-16 15:18 desde IP: 189.234.134.220
Efectivamente como bien señala la Lic. Rosa (Saludos) asi tengan un siglo de separados y hayan vivido un dia... si el matrimonio (ceremonia civil) cumplio con todas sus formalidades de procedencia, esto es ante una persona con fe publica y cargo de oficial o juez del registro civil, actas y papel autorizado por la Direccion General del Registro Civil, en ceremonia solemne... NO PROCEDE UNA NULIDAD sino mas bien un divorcio. Saludos
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