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AutorRespuesta No: 359464
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Fecha de respuesta: Viernes 11 de Julio de 2014 23:46 2014-07-11 23:46 desde IP: 201.141.118.14
Sí es un agravio suficiente para demandar la nulidad. Pero debe hacerlo valer ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
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