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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Julio de 2014 17:05 2014-07-10 17:05 desde IP: 187.134.243.210
en mi primer comentario debí deber si tuvo hijos..
La cónyuge de ese coheredero finado no adquiere derechos de su suegra directamente, adquiere los de su esposo, y efectivamente al tramitar la sucesión de éste, tendrá sus mismos derechos, solo de esta forma podrá comparecer al sucesorio de la suegra.
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