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AutorRespuesta No: 359340
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Julio de 2014 15:55 2014-07-10 15:55 desde IP: 201.141.83.187
Consultante:
No esta enredado el asunto que plantea, por lo que ampliamente le recomiendo leer su Código Civil y de Procedimientos Civiles de su Estado, en lo relacionado a sucesiones y notificaciones.
La conyuge superstite del coheredero finado Si adquiere derechos hereditarios, por lo que debera esta de tramitar por su cuenta el respectivo juicio sucesorio del de cujus para ser declarada heredera y posteriormente apersonarse al juicio sucesorio de la finada (suegra), al respecto existe articulo expreso en el Código Civil para el Estado de Jalisco, busque usted en el capitulo relativo a la Sucesión del Conyuge.
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