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  • Consulta : 235498
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 359340

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    No esta enredado el asunto que plantea, por lo que ampliamente le recomiendo leer su Código Civil y de Procedimientos Civiles de su Estado, en lo relacionado a sucesiones y notificaciones.

    La conyuge superstite del coheredero finado Si adquiere derechos hereditarios, por lo que debera esta de tramitar por su cuenta el respectivo juicio sucesorio del de cujus para ser declarada heredera y posteriormente apersonarse al juicio sucesorio de la finada (suegra), al respecto existe articulo expreso en el Código Civil para el Estado de Jalisco, busque usted en el capitulo relativo a la Sucesión del Conyuge.