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  • Consulta : 235373
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La ley anterior permitía la compatibilidad de una pensión por viudez con "el desempeño de un trabajo remunerado que no implique la incorporación al régimen de esta ley", por lo que no lo permitía con un beneficiario que tuviera también la calidad de trabajador cotizante del ISSSTE. (art 51 fracción II, inciso C))

    Pero la pensión por viudez se obtiene de un derecho diferente que es el de Familiar Beneficiario y no como trabajador, por lo que al parecer hay jurisprudencia para enfrentar este dictado. Un buen abogado y podrás obtener tu pensión por viudez.

    En la nueva ley no encuentro un pronunciamiento al respecto.

    No me queda claro eso del 25% para cada hijo, sobre qué es ese 25%