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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Junio de 2014 22:39 2014-06-30 22:39 desde IP: 201.102.102.51
Hola: En efecto en contra de la sentencia condenatoria, el enjuiciado, puede interponer el recurso de apelacion en contra de la sentencia, a veces en automatico cuando a un sentenciado le notifican la resolucion apela, sin embargo en alcance de dicho recurso ante la sala, o tribunal unitario si es delito federal ,se deben expresar agravios antes de la audiencia de vista, sin embargo se debe atacar las violaciones de fondo, y las procesales, alegando falta de legalidad, y no Incostitucionalidad, porque ese tribunal es el competente para ello. aunque seria bueno que checaras la forma de detencion,y el juicio de valoracion de pruebas pues muchas partn de la ilicitud de su obtencion y estas no pueden ser incorporadas al dictado de una sentencia condenatoria....suerte.
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775..... Asesoria en linea por medio de what sapp.
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