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AutorRespuesta No: 357453
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Fecha de respuesta: Martes 17 de Junio de 2014 20:35 2014-06-17 20:35 desde IP: 189.166.215.183
Tus prestamos y tus deudas, las deberás saldar tú, porque no existen “Deudas mancomunadas” en el concubinato… únicamente puedes solicitar una pensión alimenticia para tu menor hijo, el problema es que si no puedes demostrar el salario real del Sr, se lo van a poner por salarios mínimos,
Los horarios de convivencia son de común acuerdo, por escrito y avalado por el juez.
Y la pensión es a la necesidad del que la solicita y a la posibilidad de quien la otorga, “Nadie esta obligado a lo imposible”
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