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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Junio de 2014 13:21 2014-06-12 13:21 desde IP: 189.166.48.245
Sí es riesgo de trabajo.-
1.-Debiste haberlo reportado inmediatamente al IMSS.
2.-Si tu patrón te tiene asegurado, es el imss quien te debe pagar 100% de tu salario durante los dias que permanezcas incapacitado, y en su caso, otorgarte una pension.
2.-Si tu patrón no te tiene asegurado. a él corresponde pagarte los dias de incapacidad y en su caso la indemnización que señala la Ley Federal del trabajo.
Acude a la Procuraduría Federal de la Defensa Trabajo, para que te brinden asesoría personal y te aclaren todas tus dudas. El servicio es gratuito. suerte.
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