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AutorRespuesta No: 356894
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Junio de 2014 18:12 2014-06-10 18:12 desde IP: 189.194.59.223
Estimado consultante, debe investigarse en el registro público de la propiedad de que forma esta persona adquirio el inmueble para proceder legalmente la nulidad de esa escritura, puede ser que hayan hecho una compra venta despues de fallecida su familiar, o un embargo, que se yo, existen muchas formas. Pero indudablemente debe realizarse la sucesión intestamentaria que de ahi surgira un albacea que representara a la fallecida y será quien reclame los derechos. Obviamente de ganar se pueden reclamar los daños y perjuicios, pero piense más en recuperar la propiedad que en esos gananciales, no se deje llevar por la ambición. Saludos.
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