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  • Consulta : 232041
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 356695

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si.. si puede.. es el poseedor... y tiene un contrato de indubitable acto... que no este registrado...no le resta derecho... de ninguna forma y rompe el embargo... ya que fue un acto realizado antes de la fecha de ese embargo y puede ser de antes de la fecha de signa ion del documento base de la acción...