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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Mayo de 2014 17:58 2014-05-29 17:58 desde IP: 189.210.253.56
Es el patrón quien determina, en los casos que considere pertinente hacerlo, la forma en que sus trabajadores deben presentarse a laborar, sin que ello signifique una violación a las leyes laborales o una ingerencia en la vida personal de sus trabajadores.
Esa libertad patronal parte del principio general de derecho que establece que lo que la norma legal no prohibe al particular, entonces se lo permite; consecuentemente, el patrón está legalmente facultado para exigir a sus trabajadores que como parte de su aliño personal, prescindan de la barba, al considerar que la misma demerita la imagen de la propia empresa.
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