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  • Consulta : 230783
  • Autor : Ariel Raul
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  • Autor
    Respuesta No: 355831

  • Ariel Raul
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Le recuerdo que la prima dominical solo se paga cuando se labora el día de descanso, el cual será preferentemente el domingo, por eso se le llama a ésta prestación prima dominical por que es un pago adicional por laborar el día de descanso y corresponde al 25% de los días laborados en la semana 6 días por el 25% que nos da como resultado 1.5 de días, pero tomando en cuenta que usted si descansa el sábado, tenemos como resultado que usted no tiene derecho a prima dominical.

    Saludos

    Lic. Ariel Reyes