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AutorRespuesta No: 355640
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Mayo de 2014 19:51 2014-05-25 19:51 desde IP: 201.110.56.103
eri-bueno-nr
Usted puede denunciar el delito que crea, el asunto es que; al notificar a la empresa denunciada y por el apoderado legal al comparecer ante dicha autoridad . por hecho que ofreceran pruebas de las averiguaciones previas del robo ocurrido a la empresa, su expediente TERMINARA EN EL ARCHIVO. y si usted tiene sovencia economica a fin de pagar la deuda y de intentar la devolucion de sus prendas o el valor real que economicamente tengan, presente demanda en juicio ordinario civil.
con los respectivos gastos y costas expresados en la misma .
saludos.
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