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  • Consulta : 230528
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 355633

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Enefecto, en materia laboral no existe la prueba de declaración de parte del actor o demandado, sólo la confesional y el interrogatorio libre, ésta prevista en el artículo 781, de la Ley Federal del Trabajo, probanza que, tratándose de una de las partes, deben observarse las mismas reglas que rigen la confesional.