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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Mayo de 2014 00:10 2014-05-24 00:10 desde IP: 201.141.114.14
Desafortunadamente ya no es procedente el Juicio de Nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admiistrativa ni el Amparo, ya tampoco le sirve de nada presentar una queja ante Profeco porque ya le cortaron el servicio. El únco camino que le, y nos dejó la Suprema Corte, es demandar ante el Juez de Distrito mediante juicio ordinario mercantil y para ello requiere de abogado especialista en la materia, especialista ya que si contrata a un "abogado" de los que reparten papelitos a las afueras de los juzgados familiares, están mas perdidos que el propio consultante, esos nomás divorcios incausados de a tres mil varos.
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