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AutorRespuesta No: 355418
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Mayo de 2014 22:00 2014-05-22 22:00 desde IP: 201.141.127.78
Ningún particular puede hacerse justicia por propia mano. Es evidente que el arrendador deberá solicitar al Juez el dashusio y este debe llevarse a cabo con ajecutor o actuario del Poder Judicial presente.
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