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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Mayo de 2014 16:16 2014-05-22 16:16 desde IP: 187.208.22.1
en cuanto a lo del fiador alimentista no solo esta es la unica manera de garantizar la pension alimentista su abogado debe decirles q maneras hay de garantizar dicha pension de acuerdo a su codigo civil dentro las mas comunes en alguna propiedad inmueble o mueble, una cantidad q abarque todo un año de garantia conforme al salario minimo vigente en su entidad otra es mediante un aval y otra mediante un pagare o bien ir a una afianzadora pero su abogado le dira como y cual es la idonea
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