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AutorRespuesta No: 355199
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Mayo de 2014 09:31 2014-05-20 09:31 desde IP: 189.210.253.56
Si usted y su cónyuge estan de acuerdo en promover el divorcio por mutuo consentimiento, y son conformes con lo que usted señala respecto a la guarda y custodia y la convivencia de él con sus hijos en las condiciones que usted señala, así como en el monto de la pensión alimenticia que el padre deberá proporcionar a sus hijos, entonces contraten a un abogado especialista en Derecho Familiar, a fin de que elabore el convenio y solicitud respectiva, para presentarla ante la Oficialía de Partes común a los Juzgados Civiles y Familiares de San Luis Potosí.
Por otra parte y en relación a su negativa a que los abuelos paternos convivan con sus hijos, debo decirle que, si los padres de su cónyuge son debidamente asesorados y le demandan a usted esa convivencia, el Juez se las concederá, ya que ese es un derecho de sus hijos, quienes deben relacionarse con TODOS sus parientes, y los abuelos lo son, de forma tal que el Juez determinará los días que los niños deban estar en la casa de esos ascendientes, sin que usted pueda exigir que las convivencias se lleven a cabo en su domicilio.
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