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AutorRespuesta No: 355034
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Mayo de 2014 18:53 2014-05-17 18:53 desde IP: 189.210.253.56
El salario diario base de cotización ante el Seguro Social se forma con la cuota diaria que devenga, más la suma de prestaciones como prima vacacional y aguinaldo; por tanto, si fue despedido injustificadamente se toma para el pago de las indemnizaciones que le corresponden el salario real, no el de cotización, y tiene derecho a las siguientes prestaciones:
3 meses de salario por concepto de indemnización cnstitucional;
12 días de salario por cada año de servicios prestados o parte proporcional, por concepto de prima de antigüedad, prestacióin que se paga, no con su salario real, sino con el equivalente a 2 veces el salario mínino general del área geográfica en que presto su servicio;
Parte proporcional de vacacioines y prima vacacional;
Parte proporcional de aguinaldo 2014.
No firmen ningún documento que le pidan para entregarle lo que le corresponde, si no se encuentra asistido de un abogado especialista en Derecho Laboral, ni renuncia, finiquito, liquidación o cualquier otro que le exija el patrón, ya que puede valerse de él para aducir que no lo despidió, sino que usted renunció voluntariamente, con lo que perdería su indemnización y prima de antigüedad.
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