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  • Consulta : 229624
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 354893

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la omision de cuidado... es el abandono qye se ha del menor... con dañada intencion... con dolo... en este caso... no hay tal... digan lo que digan los adultos... yo dejo al niño en el balo para que haga del baño... el niño se para en el escusado y se asoma por la ventana y se cae... habra omision de cuidado... si... si este ñudo preverse... en el caso... no lo hay ... porque la madre no podía preveer que el abusador iba a realizar esa conducta... que no es usual... por eso se le llama impropia... pero... si lo sigue llevando al mismo lugar... con las mismas posibilidades... ahi si ya hay la omision... y no... no puede el que piensa... retener al menor por ninguna causa y por ningun pretexto... tenga o no parentezco... y menos con el pretexto de prevenir un supuesto acto o conducta.... no te dejo subir al avion... porque se puede caer... eso puenso yo... seria una estupidez...