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  • Consulta : 229552
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 354829

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No aclara pero interpreto que primero falleció el padre y posteriormente la madre. Por lo que en su momento era obligatorio denunciar la sucesión del padre hasta la adjudicación y treansmisión de la propiedad pagando las contribuciones que corresponden y también en su momento pudo una vez denunciada la sucesión de la mamá, llegar a la segunda sección y en ese momento ceder los derechos hereditarios. Pero nadie puede ceder lo que no le pertenece, por lo que evidentemente su suegro primero debe denuciar ambas sucesiones y una vez que sea dueño entonces sí decidir sobre el bien, pero no antes.