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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Mayo de 2014 12:56 2014-05-14 12:56 desde IP: 189.210.253.56
Obviamente su abogado la ha malinformado.
Si su mamá se constituypó como su fiador para que le otorgaran la beca de estudio, la circunstancia que haya fallecido no trae como consecuencia que el acreedor no pueda cobrar, pues en todo caso, el pago puede exigírsele al albacea, y si no lo hace, se pueden embargar los bienes, aún cuando formen parte de la herencia.
Y para trabar ese embargo, no es necesario que la casa le sea adjudicada a usted o que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad a su nombre, siendo bastante que esté registrada a nombre de su finada madre.
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