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  • Consulta : 229315
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 354658

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Primero, Si desde el mes de agosto de 2013, si esposa le hizo saber de la relación que tuvo con el médico al que se refiere así como las relaciones sexuales que mantuvo con él, carece usted de cualquier acción legal que pueda hacer valer en contra de su cónyuge, derivada dfel adulterio que cometió, pues en todo caso, debió entablar su demanda dentro de los 6 meses siguientes a esa fecha.

    Segundo, los e-mails y mensajes de Facebook, no tienen ningún valor probatorio, ni aún cuando su esposa le haya dado autorización para acceder a ellos, ya que el envío de ese tipo de comunicaciones, no constituye la relación sexual exigida para que se cometa adulterio que, además, solamente configura una falta civil que únicamente puede dar lugar a un divorcio, pero no es un delito.

    Tercero, no tiene usted forma legal alguna de fastidiarle la vida al médico, pues en todo caso, si en algún momento sostuvo alguna relación sexual con su esposa, que tendría usted que demostrarlo, siendo insuficiente la confesión de ella, el coito fue responsabilidad de ambos y no solamente del él.

    Por tanto, dudo mucho que, a pesar de que sepa que usted está enterado de esa relación que sostuvo con su esposa, viva intranquilo y temeroso, pues no tiene nada de qué temer, y menos de parte suya, pues si perdonó a su esposa, ese perdón se entiende extensivo hacia el médico.

    Cuarto, si usted, indignamente y rebajándose al más ínfimo nivel, llegara a presentarse en el consultorio del médico conla intención de hacerle el escándoalo que pretende, loúnico que va a lograr es: 1.- hacer pública su cornamenta y, 2.- exponerse a que las autoridades del Seguro Social y el propio médico procedan legalmente en contra suya, pues en tal caso, ellos sí estarían en condiciones de ejercer en su contra acciones legales que, dependiendo de lo que usted llegara a hacer, podrían constituir desde una falta administrativa hasta la comisión de un delito sancionado con pena de prisión.

    Quinto, la circunstancia que un médico sostenga una relación, sexual o no, con otra persona cónyuge de un tercero, noes suficiente para que le suspendan en el ejercicio de la profesión, pues ello no constituye ningún ilícito, y menos que haya sido cometido valiéndose precisamente del desempeño profesional.

    Sexto, si usted comparece ante la esposa del médico, para ponerla al tanto de la relación que sostuvo con su esposa, tanto durante el noviazgo como una vez que contrajo matrimonio con ella, solamente será blanco de má burlas.

    Mi recomendación es que mejor baje la testuz y deje las cosas como están, pues nada de lo que haga va a cambiar las cosas, ni obtendrá la venganza que pretende.