- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 229171
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 354565
-
Fecha de respuesta: Viernes 09 de Mayo de 2014 19:24 2014-05-09 19:24 desde IP: 201.141.112.14
No hay pena corporal por deudas de carácter civil, osea que no puede ir a la cárcel. Los bancos no prestan dinero sin garantía, y al señalar que le llegaron dos "libros", es evidente que se trata de un juicio hipotecario o ejecutivo mercantil con garantía hipotecaria y esos libros son las copias de traslado de la demanda que deben contestar, es decir que Usted y su esposo garantizaron con un bien inmueble el préstamo. Independientemente de no ir a la cárcel sí perderá el bien que dejarón en garantía.
-
Autor





