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  • Consulta : 228766
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si el trabajador descansa un día de descanso obligatorio, tiene derecho al pago del salario normal, como si lo hubiera laborado.

    Sólo en el caso que el trabajador preste sus servicios en los días de descanso obligatorio tiene derecho, además del salario normal por el día, al pago de salario doble del tiempo trabajado.

    En los casos en que el descanso semanal coincide con un día de descanso obligatorio, el trabajador solamente tiene derecho al pago del salario normal de un día, y no al pago de salario doble como si descansara 2 días distintos.