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  • Consulta : 228474
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 354018

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, tiene derecho al pago de las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, y cuenta con un año, contrado a partir de la fecha de su renuncia, para demandar a la escuela por su pago, pasado ese tiempo, prescribe su derecho a reclamarlo.