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AutorRespuesta No: 353998
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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Mayo de 2014 10:48 2014-05-01 10:48 desde IP: 189.210.253.56
Primero, no aclara usted si sus padres viven en el domicilio en que se les emplazó y corrió traslado con las copias de la demanda, ni tampoco el actuario, previamente se había constituido en dicho domicilio y después de cerciorarse que ahí viven, al no encontrarlos, les dejó citatorio para que lo esperaran el día que usted atendió esa notificación, cuestiones éstas que, si existieron violaciones a las formalidades esenciales del procedimiento, pueden dar la oportunidad de promover la nulidad del emplazamiento.
Con independencia de ello, a fin de poder orientarla se requeriría conocer los términos de la demanda así como los documentos fundatorios que se acompañaron a la misma, a fin de determinar se cumplen los requisitos legales, o si existen deficiencias en el planteamiento hecho por los apoderados de la Institución acreedora, que faciliten una adecuada defensa.
Para ello, es necesario que, evidentemente, se asista inicialmente de un abogado especialista en Derecho Mercantil, que puede ser del lugar de su residencia o del Distrito Federal, quien podrá aclararle cualquier duda que tenga, conociendo a fondo las condiciones del contrato y los documentos con que usted cuente para acreditar los pagos que se hicieron del crédito, así como las posibilidades de obtener una sentencia que, aún en el extremo de que fuera condenatoria, dicha condena no sea sobre las prestaciones que le reclama el banco, sino inferiores.
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