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AutorRespuesta No: 353598
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Abril de 2014 16:13 2014-04-24 16:13 desde IP: 189.210.253.56
En su consulta no indica usted su, con motivo del despido injustificado que desde su perspectiva fue objeto, demandó al patrón o no, y en caso que lo hubiera hecho, si ya fue notificado de la demanda y emplazado a juicio.
Si no demandó con motivo de ese despido dentro de los 2 meses siguientes a la fecha en que ocurrió, entonces su derecho está prescrito y no podrá ya hacerlo, de forma tal que si aún no lo han dado de baja en el Seguro Social, el único beneficiado es usted, pues sigue acumulando semanas cotizadas, se siguen incrementando sus aportaciones al Infonavit y al Sistema del Ahorro para el Retiro.
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