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AutorRespuesta No: 353614
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Abril de 2014 18:20 2014-04-24 18:20 desde IP: 201.141.82.170
El aviso de no continuar con el arrendamiento vencido el plazo forzoso debe hacerlo el arrendador a traves de diligencias de jurisdicción voluntaria o por medio de Notario Público, por lo tanto usted debera de pagar integra el importe de la renta hasta que haga entrega del inmueble, en caso de que el arrendador se niegue a recibir la renta debera usted consignar esta ante un juez.
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