- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 227432
- Autor : rosa isela
- Consultas en Foro: 7
- Respuestas en Foro: 7029
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 89 % -
: 10 %
-
AutorRespuesta No: 353210
-
Fecha de respuesta: Viernes 18 de Abril de 2014 15:05 2014-04-18 15:05 desde IP: 187.208.96.157
en cuanto a los gastos de tu ex no debes dar nada solo pension para tu hija q si estudia la q ya no estudia ha perdido su derecho a recibir pension, y la verdad q encajosa tu ex, aunq sea cordial no se vale q viva a costa tuya y su pareja?????, a poco tu tambien mntienes a su pareja? tu esposa no es candidata a pension ya q tiene una pareja y si no le alcanza q ella su pareja y tu hija q no trabaja, ya es hr q empieen a comenzar a trabajar tu no les tienes q pagar el cable ni nada solo pension para tu hija q si estudia ok, tu obligacion es dar el 10 al 20% de tu salario o bien un salario minimo por conepto de pension alimenticia.
t aconsejo lo hagas mediante el juzgado no vayas a tener problemas despues
pero cabe mencionar y q tu no has dicho es q se dicto en sentencia al respecto a la pension alimenticia? porq si no habra necsidad de hacer una reduccion de pensiona alimenticia o fue mediante convenio?
-
Autor





