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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Abril de 2014 20:27 2014-04-17 20:27 desde IP: 189.210.253.56
Adicionalmente a lo que comenta la Licenciada Rosa Isela, a quien aprovecho para enviarle un cordial saludo.
De conformidad con lo que señala el artículo 23, de la Ley Federal del Trabajo, usted no necesita permiso de sus padres para trabajar, ya que la mayoría de edad en materia laboral se cumple a los 16 años.
Respecto a su pretensión de vivir sola, evidentemente al no haber adquirido la mayoría de edad civil (18 años), usted sigue sujeta al ejercicio de la patria potestad, requiere el permiso de sus padres para hacerlo, o bien, puede acudir a un Juez de lo Familiar para que sea éste quien otorgue la autorización.
En consecuencia, acuda a la Dirección de la Defensoria Pública del Estado de Tamaulipas, en la que expuestas las razones que usted tenga para separarse del hogaqr paterno, determinen si le proporcionan la asistencia de un defensor público para promover la autorización judicial que requiere, ante la negativa de sus padres.
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