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  • Consulta : 227224
  • Autor : Alfredo Hdez
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  • Autor
    Respuesta No: 380745

  • Alfredo Hdez
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    difiero con el abogado . pero en materia familiar se puede en todo momento habilitar sabados y domingos ya horas extraudinarias ademas solicita la suplencia de la dificiencia de la queja en el libro sexto del codigo de procedientos civiles en el estado de guanajuato en matria oral familiar asi lo establece.y ademas. siempre que hay menores peor y con interdictos ya ni te digo.

    y recuerda en tu estado solo cambian los horarios y los terminos siempre seran en dias habiles los que causen efectos.

    ejemplo ; te notifican el hoy 29 de mayo el martes  2 de junio corre el termino para contestar y cuentas 9 dias habiles tu tendrias hasta el dia 12 para contestar. antes de las 12 pm o en su defecto como lo marque tu estado.

    licenciado en derecho con maestria en derecho familiar.