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  • Consulta : 226995
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 352882

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, siempre y cuando el médico del Seguro Social o Issste, según le corresponda, acepte transferir hasta 4 de las 6 semanas del período prenatal, para después del parto, para lo cual, deberá tomar en cuenta la opinión del patrón, tal como lo señala la fraccióin II, del artículo 170, de la Ley Federal del Trabajo.

    Por tanto, deberá usted hacer la petición expresa a su médico tratante, con la debida oportunidad.