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  • Consulta : 226459
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 351667

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si puede usted demandar de su padre el reconocimento de paternidad, para lo cual debera usted ofrecer y pagar  la prueba pericial en ADN, por otra parte el fondo de su planteamiento es el de obtener una pensión alimenticia de su padre biologico la cual tambien puede demandar como prestación subsidiaria para que esta ultima prospere debe usted dar datos pormenorizados al abogado que contrate toda vez que la obligación de ministrar alimentos a los hijos que siendo mayores de edad continunan estudiando cesa a los 25 años de edad aunado al hecho de que la edad debe ser acorde al grado escolar supuesto que no se actualiza con lo que usted plantea en su consulta. 

    Consulte a su abogado de confianza.